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Prólogo
Nota preliminar
Abreviaturas y siglas utilizadas
Introducción
CAPÍTULO I
LA PROTECCIÓN PENAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. EL BIEN JURÍDICO TUTELADO. SU TÉCNICA DE TIPIFICACIÓN
1. Introducción: necesidad político-criminal de proteger
penalmente la seguridad y la salud en el trabajo
1.1. LA PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. APROXIMACIÓN
2. Breve alusión a la noción de bien jurídico como límite
del ius puniendi
2.1. LA PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN EL ORDEN CONSTITUCIONAL ESPAÑOL
3. El objeto jurídico tutelado en el delito contra la seguridad y salud en el trabajo. Artículo 316 CP
3.1. APROXIMACIÓN AL OBJETO MATERIAL Y RESULTADO TÍPICO DEL INJUSTO DESCRITO EN EL ARTÍCULO 316 CP, COMO PUNTO DE PARTIDA EN EL ANÁLISIS DEL BIEN JURÍDICO TUTELADO EN EL TIPO PENAL
3.2. DEFINICIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3.2.1. La «seguridad en el trabajo»
3.2.2. La «salud en el trabajo»
3.2.3. Conexión entre «seguridad» y «salud» laborales
3.3. DELIMITACIÓN DEL INTERÉS TUTELADO EN EL ARTÍCULO 316 CP
4. El delito contra la seguridad y salud en el trabajo: bien jurídico individual o colectivo
4.1. APROXIMACIÓN A LOS BIENES JURÍDICOS SUPRAINDIVIDUALES O COLECTIVOS Y SU RELACIÓN CON EL OBJETO DE PROTECCIÓN DEL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
4.2. TITULARIDAD DEL BIEN JURÍDICO DEL ARTÍCULO 316 CP: EL INTERÉS DEL COLECTIVO DE TRABAJADORES
4.2.1. Aproximación al análisis de la titularidad del bien
jurídico del artículo 316
4.2.2. Los intereses del colectivo de trabajadores como objeto de protección del delito contra la seguridad y salud en el trabajo
5. Análisis del bien jurídico tutelado y su naturaleza colectiva
5.1. ALCANCE DEL OBJETO DE PROTECCIÓN DEL TIPO PENAL DEL ARTÍCULO 316 CP: LOS DERECHOS A LA VIDA, SALUD E INTEGRIDAD FÍSICA COMO BIEN JURÍDICO COLECTIVO. APROXIMACIÓN
5.2. ALUSIÓN AL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO EN EL DEROGADO ARTÍCULO 348 BIS A) CP
5.3. EL BIEN JURÍDICO EN EL ARTÍCULO 316 CP: CRITERIOS DOCTRINALES
5.4. LA VIDA, SALUD E INTEGRIDAD, CONCEPTO Y CONTENIDO COMO BIEN JURÍDICO PROTEGIDO EN EL ARTÍCULO 316 CP
5.4.1. La salud como bien jurídico colectivo: salud de los trabajadores
5.4.2. La salud en el trabajo: un bien jurídico indisponible. Alcance del consentimiento frente a la puesta en peligro por parte de un tercero. Aproximación
5.4.2.1. Introducción
5.4.2.2. Disponibilidad del bien jurídico salud e integridad física por parte de su titular, a la luz del artículo 155 del CP
5.4.2.3. Disponibilidad del bien jurídico salud
en el trabajo como un interés supraindividual
5.5. LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO COMO BIEN JURÍDICO TUTELADO
5.6. ALUSIÓN A LA INTEGRIDAD FÍSICA COMO BIEN JURÍDICO PROTEGIDO EN EL ARTÍCULO 316 CP
5.7. EL BIEN JURÍDICO TUTELADO POR EL ARTÍCULO 316 CP: CRITERIO JURISPRUDENCIAL DOMINANTE
5.8. BIEN JURÍDICO Y SUJETO PASIVO
6. Las técnicas de tipificación en el delito contra la seguridad y salud en el trabajo
6.1. INTRODUCCIÓN
6.2. NATURALEZA JURÍDICA DEL DELITO: DELITO DE PELIGRO CONCRETO
6.3. PELIGRO GRAVE PARA LA VIDA, SALUD E INTEGRIDAD PERSONAL DE LOS TRABAJADORES
6.3.1. Gravedad de la conducta omitida en materia de seguridad en el trabajo
6.4. A MODO DE CONCLUSIÓN: EL DESVALOR DEL RESULTADO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 316 CP PRECISA LA NECESARIA PUESTA EN PELIGRO DEL BIEN JURÍDICO VIDA Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
7. Recapitulación: el bien jurídico tutelado en el delito
contra la seguridad y salud en el trabajo es: la vida,
salud e integridad de los trabajadores, en sentido
supraindividual. Su puesta en peligro grave
CAPÍTULO II
DETERMINACIÓN DE LOS SUJETOS ACTIVO
Y PASIVO EN EL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1. La comisión por omisión en el artículo 316 CP: el
empresario como garante de la vida y salud de los trabajadores
1.1. A MODO DE INTRODUCCIÓN: EL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COMO DELITO ESPECIAL
2. El sujeto activo en el delito contra la seguridad y salud en el trabajo
2.1. APROXIMACIÓN AL ANÁLISIS DE LOS SUJETOS RESPONSABLES DEL DEBER DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
2.2. FUENTE MATERIAL Y FUENTES LEGALES QUE DETERMINAN AL EMPRESARIO COMO GARANTE DEL DEBER DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
2.2.1. Fuente material
2.2.2. Fuentes legales
2.3. LOS LEGALMENTE OBLIGADOS COMO SUJETOS ACTIVOS EN LOS ARTÍCULOS 316 Y 317 CP
2.3.1. Especial consideración al empresario o empleador como sujeto de imputación del deber de seguridad y salud en el trabajo
2.3.2. Posición de garante del empresario y sus encargados en atención al artículo 11 CP: alcance
2.3.3. El bien jurídico protegido y la posición de garante del empresario
2.4. LOS DELEGADOS DEL EMPRESARIO EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
2.4.1. La delegación de funciones empresariales en materia de seguridad y salud en el trabajo
3. Alusión al tratamiento de la autoría y participación en el delito contra la salud y seguridad en el trabajo: principales aspectos
3.1. LA AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN EN LOS DELITOS ESPECIALES: APROXIMACIÓN
3.2. LA AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN EN EL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3.2.1. Autoría directa, autoría mediata y coautoría
3.2.1.1. Introducción
3.2.1.2. La autoría directa y la coautoría en el delito contra la seguridad y salud en el trabajo
3.2.1.3. Posibilidad de admitir la autoría mediata
en el delito contra la salud y seguridad en el trabajo: viabilidad
3.2.1.4. Participación en el delito contra la
seguridad y salud en el trabajo
3.2.1.4.1. La inducción omisiva
3.2.1.4.2. Resulta admisible la responsabilidad
penal del garante como partícipe en el delito contra la seguridad y salud en el trabajo
3.3. DELIMITACIÓN DE LOS SUPUESTOS DE AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN ENTRE EL DELEGANTE Y DELEGADO
3.4. ALUSIÓN A LOS ADMINISTRADORES DE HECHO O DE DERECHO DE LA EMPRESA Y SU RESPONSABILIDAD EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3.5. ANÁLISIS DE OTROS SUPUESTOS DE SUJETOS Y/O ENTES A QUIENES CORRESPONDE EL DEBER DE PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
3.5.1. Introducción
3.5.2. Supuestos de concurrencia de sujetos en el ámbito de la tutela de la seguridad y salud en el trabajo
3.5.2.1. Supuestos de coordinación de actividades
empresariales: empresa principal, contratas y subcontratas por prestación de servicios en un mismo centro de trabajo con concurrente actividad
empresarial
3.5.2.2. Supuestos en las relaciones de trabajo
temporal, en empresas de trabajo temporal y de duración determinada
3.5.3. Supuestos específicos
3.5.3.1. Fabricantes, suministradores e importadores
La siniestralidad laboral continúa siendo un grave problema que afecta a España, al punto de situarlo como el segundo país de la Unión Europea con mayor índice de accidentalidad en el trabajo, realidad que ha suscitado la adopción de medidas jurídicas y extrajurídicas encaminadas a proteger los bienes jurídicos de los trabajadores durante el desempeño de sus actividades productivas. Desde el punto de vista penal, la tutela de la seguridad en el trabajo ha merecido especial atención del legislador en los artículos 316 y 317 CP, a través de la tipificación de un delito de comisión por omisión que sanciona a los legalmente obligados a facilitar los medios de seguridad en el trabajo, que pongan en peligro concreto de forma dolosa o imprudente el bien jurídico colectivo de la vida y salud de los trabajadores.
El presente estudio tiene por objeto analizar la eficacia y validez del delito contra la seguridad y salud en el trabajo, como respuesta necesaria en la tutela de los derechos de los trabajadores y en la prevención de la siniestralidad laboral. Para lo cual, se defiende el carácter supraindividual del interés protegido que se concreta en la vida y salud de los trabajadores, se analiza con profundidad la responsabilidad penal empresarial por omisión de los deberes de garante en el ámbito de la seguridad en el trabajo, tomando en consideración que la posición de garante puede extenderse en virtud de actos de delegación a otros sujetos sobre los que recaen deberes jurídicos de protección. Del mismo modo, se efectúa un completo estudio del tipo de injusto analizando la modalidad dolosa e imprudente del delito de peligro, la culpabilidad, y otras cuestiones vinculadas al análisis del delito como la consumación, las formas imperfectas, las sanciones y los supuestos concursales. Por último, se formula una propuesta político-criminal relativa a la necesidad de una efectiva protección de la seguridad y salud de los trabajadores encaminada a la prevención de riesgos en el trabajo.
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